Sistema Contra Incendios: Normativa y Seguridad
Sistema Contra Incendios: Normativa y Seguridad
- Para el sector industrial
La norma A.060 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) indica en el artículo 11 que es necesario realizar un estudio de seguridad integral, para determinar cuáles son los dispositivos necesarios en las actividades de protección y extinción de fuego.
- Para otros tipos de construcciones
En la norma A.130 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) indica que para otros tipos de construcciones como:
- Hoteles.
- Comercio.
- Salud.
- Oficinas.
- Almacenes.
- Centros de diversión.
Se debe cumplir con lo mencionado en los artículos:
Artículo 53:
Todas las edificaciones que dispongan de un sistema de detección y alarma contra incendios deben cumplir con lo estipulado en las normativas del National Fire Protection Association (NFPA) en cuanto al diseño, instalación, pruebas y mantenimientos.
Artículo 55:
Todos aquellos sistemas contra incendios tienen que incluir dos fuentes de energía correspondiente. Además de estar protegidos de posibles daños en la corriente, según lo establecido en el Código Nacional de Electricidad (CNE).
· Para el sector minero
Hay criterios de seguridad correspondientes a las actividades relacionadas a la manipulación de combustibles y sustancias inflamables. Allí se hace referencia al uso obligatorio de arena, cisternas y extintores.
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